Hermandad del Santísimo Cristo de la Palma

Declarada de Interés Turístico Nacional

Medalla de Oro de la Ciudad de Valencia

SEMANA SANTA MARINERA DE VALENCIA

 

ARTÍCULO 6. Personajes Bíblicos

La justificación de los personajes bíblicos admitidos se encuentra en el momento de la Pasión y Muerte en la Cruz de Nuestro Señor Jesucristo. En este apartado se definen los personajes bíblicos que, prioritariamente, deben acompañar a la Hermandad.

1 - Los Personajes Bíblicos representativos y alternativos de la Hermandad son:

Personajes representativos: Las Tres Marías, María Magdalena y Verónica. Procesionarán siempre de forma individual acompañados por dos penitentes.

Personajes alternativos: Isabel (Madre del Bautista), María de Cleofás, Marta de Betania, Noemí de Moab y Ruth. Procesionarán de forma individual o colectiva.

Pueblo Hebreo. Niños/as hasta 12 años que procesionarán juntos, con caña de peregrino y hábito, de corte sencillo, hebreo. Si cumplida la edad no hay vacantes para ocupar puesto de los descritos en los puntos a/ ó b/, deberán pasar a penitentes.

2 - Todos los personajes dejarán su condición a los 20 años. Excepto los descritos en la sección c. del punto anterior, que lo harán a los 12 años

3 - Los personajes bíblicos de la Hermandad, encarnados por mujeres o hombres, deberán hacerlo al estilo hebreo.

Además de los aquí expuestos se podrá representar cualquier otro personaje al que haga referencia tanto en el nuevo como en el antiguo testamento. Entendiendo que, los descritos en el punto 1 sección a) y b) son los prioritarios y deben de ser los puestos a cubrir en primera instancia.

ROL SOCIAL DE LA HERMANDAD

 

del reglamento de régimen interno 

ARTÍCULO 5. Miembros de la Hermandad

Son miembros de la Hermandad:

Los hermanos penitentes, que cumplan con el artículo 7 de los Estatutos de la Hermandad. Se consideran también hermanos penitentes a los personajes bíblicos que acompañan al Santísimo Cristo de la Palma, cuyo régimen se desarrolla en el artículo 6 de este Reglamento.

Hermanos colaboradores y portadores del Santísimo Cristo de la Palma.  Derechos y deberes desarrollados en los artículos 7 y 8 de este Reglamento.

Hermanos de Honor. Se desarrollan derechos y deberes en el artículo 9 de este Reglamento.

4 - Como Hermandad penitencial, de vestas, se fija los siguientes criterios para el grupo de personajes bíblicos:

No podrán repetirse personajes.

Su número podrá ser revisado anualmente.

No podrán superar el  20% de los hermanos penitentes.

Para cumplir una vacante como personaje bíblico se tendrá en cuenta la antigüedad. En caso de varios aspirantes con la misma antigüedad, será el Consejo de Gobierno quien tenga el poder decisorio.

En el caso, excepcional, de no cubrir los personajes de tipo a y b descritos en el punto 1, al inicio del ejercicio, el Consejo de Gobierno en nombre de la Hermandad se reserva el derecho de aumentar las edades marcadas en el punto 2 de este artículo.

 

ARTÍCULO 7. Portadores

Todos aquellos que tienen por cometido el traslado al pecho de la imagen del Santísimo Cristo de la Palma durante las procesiones.

Vestirán adecuadamente

De entre todos ellos se designará un representante que hará de interlocutor del colectivo en las Asambleas Generales y será único representante de su colectivo con voto, únicamente, para asuntos referentes a la imagen del Cristo.

El portador que, sin motivo justificado, no cumpla con las funciones de portador será dado de baja.

 

ARTÍCULO 8. Hermanos Colaboradores

Todos aquellos que colaboran regular y económicamente con la Hermandad. Disfrutarán de privilegios que serán otorgados, anualmente, por el Consejo de Gobierno.

 

ARTÍCULO 9. Hermanos de Honor

Aquellos que, por sus aportaciones de cualquier índole a la Hermandad, sean merecedores este título con la aprobación del Consejo de Gobierno.

Podrán procesionar con la Hermandad como camareros/as delante de la imagen titular.